Para tener una idea de cómo se maneja la licencia por maternidad en diferentes países, comparemos la licencia de maternidad típica en cuatro países diferentes: EE. UU., México, España y Colombia.
Estados Unidos
En general, la licencia por maternidad en los Estados Unidos no se paga. En el ranking de la UNICEF, Estados Unidos obtuvo un abismal cero en términos de protección social [1].
Los Estados Unidos tienen una Ley Federal de Licencia Médica Familiar (FMLA) [2], que establece el derecho a una licencia sin goce de sueldo durante 12 semanas al año. Este tiempo no es sólo para la licencia por maternidad, sino también para la licencia por enfermedad si tú o tu hijo se enferman.
Sin embargo, sólo el 59 por ciento de los estadounidenses están protegidos por esta ley federal: aquellos que trabajaron, por lo menos, 1250 horas en el último año para una empresa con al menos 50 trabajadores. Si no trabaja para una empresa con 50 empleados o más, su empleador no está obligado a darle la FMLA. Así que debes consultar con el departamento de recursos humanos para ver qué se ofrece por maternidad.
Varios estados, incluidos California, Nueva Jersey, Nueva York, Rhode Island, Washington y el Distrito de Columbia, han aumentado ligeramente sus garantías. Se considera que California es el líder del país en lo que respecta a los beneficios de FMLA. Cuenta con su propia ley de familia [3], según la cual, tanto la madre como el padre tienen derecho a seis semanas de licencia pagadas al 60 ó 70% de su salario, con un máximo de 1300 dólares por semana. Además, la licencia parental se puede utilizar en cualquier momento durante el primer año de vida de un niño.
México
Las mujeres trabajadoras tienen derecho a 12 semanas (84 días) de licencia por maternidad pagada y de cualquier extensión si es imposible para la mujer regresar a trabajar a causa de su embarazo o parto.
Para hacer uso de la licencia por maternidad, la trabajadora debe entregar el certificado médico prescrito por un profesional certificado del alguno de los institutos de seguridad social. El certificado médico debe contener el nombre y cédula profesional de la persona que lo emitió, así como la fecha y el estado de salud de la trabajadora.
Si el pequeño nace con alguna discapacidad o necesita cuidados hospitalarios, la licencia puede ser extendida por dos semanas. Si la mujer no puede trabajar durante el embarazo o después del nacimiento de su hijo, tiene derecho al 50% de su salario por un período no mayor a sesenta días.
Las trabajadoras también tienen derecho a 6 semanas de licencia pagada en caso de adopción a partir del día en que reciben al niño [2].
España
La prestación económica de nacimiento y cuidado de menor para la madre biológica es de 16 semanas, seis de las cuales tendrán que ser disfrutadas inmediatamente después del parto, de acuerdo con lo recogido en el Real Decreto 6/2019 del 1° de marzo del mismo año.
No obstante, a partir del 1 de enero de 2020, el permiso para el progenitor distinto a la madre biológica será de 12 semanas. De este modo, se suman cuatro semanas a la ampliación de ocho que entró en vigor en abril de 2019. Las cuatro primeras semanas tendrán que estar pegadas al nacimiento para cumplir con la obligación del cuidado tanto del bebé como de la madre.
A su reincorporación, ambos progenitores tendrán derecho a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones laborales que se haya alcanzado durante su ausencia y, como norma general y en ambos casos, el total del permiso tendrá que ser disfrutado antes de que el bebé cumpla 12 meses de vida. En caso de que el parto sea múltiple, el permiso se amplía en dos semanas por hijo a partir del segundo.
Colombia
Por la ley 1822 de 2017, la licencia de maternidad preparto es de una semana con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre requiere una semana adicional previa al parto podrá gozar de las dos semanas, con dieciséis semanas, postparto. En caso diferente, si por razón médica no puede tomar la semana previa al parto, podrá disfrutar las dieciocho semanas en el posparto inmediato. Podrán disfrutar de esta licencia de maternidad:
las madres en estado de embarazo que se encuentren vinculadas a una empresa o trabajo.
madres adoptantes que se encuentren vinculadas a una empresa o trabajo.
los padres adoptantes (vinculados a una empresa o trabajo) sin cónyuge o compañera permanente.






